este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: Se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el siguiente bien inmueble: una (1) casa, de dos (2) plantas, identificada con el N° 123, situada en el sector denominado "LOS DOS CERRITOS", Pariata, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, cuyos linderos son: NORTE: en siete metros ( 7,00 Mts), que es su frente, con la carretea de la Macadam, de la Guaira-Caracas; SUR: en igual medida, que es su fondo con casa que es o fue de Francisco A. García; ESTE: en treinta metros (30,00 Mts), con casa de madera, cuyo propietario se ignora, OESTE: en una extensión de treinta metros (30,00 Mts) con otra casa de Madera de José Salcedo, propiedad del ciudadano SALOMÓN RAFAEL GONZÁLEZ SALAZAR, según se.....