este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS incoada por el ciudadano JOHAN JOSE PEREZ ARISMENDI, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.105.338 contra MAPFRE SEGUROS, C.A., inscrita inicialmente ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo mercantil del Distrito Federal, en fecha 12 de Mayo de 1943, bajo el N° 2135, y que posteriormente pasara al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, expediente N° 929, e inscrita en la Superintendencia de la Actividad Aseguradora bajo el N° 12. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se condena a la demandada MAPFRE SEGUROS, C.A. a pagar a la parte actora ciudadano .....