DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento de hecho y derecho antes descritos, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Natural de la Caracas, de 17 años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, titular de la cedula de identidad Nº V-20.128.260, residenciado en: Los Magallanes de Catia, Catia, Callejon Venezuela, casa Nº 65, cerca de la escuela Isaías Medina, Caracas y IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Natural de la Caracas, de 17 años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, titular de la cedula de identidad Nº INDOCUMENTADO, residenciado en: Casalta II, Barrio Nazareno, sector 4, casa Nº 43, teléfono 0212-3708886, Caracas, por haber transcurrido más de un (01) año, sin que la representaci.....