DECRETA al imputado IDENTIDAD OMITIDA, Medidas Cautelares sustitutivas de la Libertad de las previstas en el artículo 582 de la LOPNA literales: b) Obligación de someterse a la vigilancia de su representante legal, c) presentarse periódicamente cada ocho (8) días ante la sede de este Tribunal específicamente los días Miércoles y d) Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Vargas y del Distrito Capital sin autorización del Tribunal, para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar.