Ordena el ENJUICIAMIENTO del joven acusado IDENTIDAD OMITIDA, manteniendo las Medidas Cautelares Menos Gravosas contempladas en los literales b), c) d) y f) del artículo 582 de la LOPNA como se especifica en el capítulo anterior, para asegurar su comparecencia al Juicio Oral y Privado que pesa en su contra, por ser presunto participe en el delito de HURTO SIMPLE en grado de complicidad, previsto en los artículos 453 en relación al 84 numeral 3ro. todos del Código Penal.