DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, sin mas Identificación. Por extinción de la acción Penal, quien fue Imputado por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto en el articulo 413 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 8vo y 318 numeral 3ro, ambos del Código Orgánico procesal penal, en relación con el articulo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.