En virtud de lo antes expuesto y con fuerza en los razonamientos precedentemente esgrimidos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de Ley: DECLINA LA COMPETENCIA a un Tribunal de Control de la Jurisdicción Ordinaria (Adultos) de esta Circunscripción Judicial Penal del Estado Vargas, para que conozca del proceso penal en contra del joven JOSE GREGORIO PERERO GARCIA, por ser mayor de edad para el momento de la aprehensión policial en un procedimiento efectuado el día de ayer 14/03/2011, ello de conformidad con los artículos 534 de la LOPNNA en concordancia con el 67 y 77 del COPP.