DISPOSITIVA:
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara SIN LUGAR en el sentido de que se deje a su defendido en resguardo en el Estado Vargas. SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de orden de Asistencia Medica, en consecuencia se ORDENA librar el oficio correspondiente a las autoridades del Centro Penitenciario a los fines que trasladen al ciudadano NELSON COLMENARES al Centro Asistencial más cercano a los fines que sea atendido por un medico especialista, con la finalidad de garantizarle al mencionado ciudadano sus derechos Constitucionales, de conformidad con los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, diaricese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
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