Por todos los razonamientos de hecho y de derechos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado GARCIA ARCE ANGEL, de nacionalidad Española, nacido en fecha 24-06-1959, de 47 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Camarero, hijo de ANA MARIA MARTINEZ (V) y de JOSE GARCIA GARCELE (F), residenciado en Blasco, Ibáñez (40) Torre vieja, Alicante, España y titular del pasaporte N° E-74173843, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, en concordancia con los ordinales 1° 2°, 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido detenido por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes, previsto y s.....