DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se le impone a los ciudadanos ROJAS DIAZ PACHECO CARMEN BELEN, CAYAMA ISTURIS OMAR ENRIQUE Y DIAZ WENDOBEL RAMON, la aplicación de las medidas cautelares previstas en los ordinales 3° y 5º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentarse cada treinta (30) días ante la Sede del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y prohibición expresa de acercarse al lugar de los hechos, quienes fueron aprehendidos por la presunta comisión del delito INVASION, previsto en el artículo 471 literal A del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 280.....