CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía del Ministerio Público y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a Cesar Augusto Suarez Peña, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL dada su prescripción, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 110 y 108 ordinal 4° del Código Penal, en concordancia con los artículos 318 numeral 3° y 48 numeral 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.