DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano SERRANO GÓMEZ OSCAR ALEXANDER, de nacionalidad venezolana, Natural de Maracay Estado Aragua, fecha de nacimiento 30-03-1975, de 30 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio comerciante, hijo de MIGUEL ANGEL SERRANO (V) y de ANA FELICITA GÓMEZ (v), y titular de la cédula de identidad N° 11.024.301 y residenciado en Maracay Urbanización Bicentenario calle 24 de julio N° 18 Estado Aragua, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 ordinales 2, 3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, y así mismo se ordena la aplicación del procedimiento abreviado por flagrancia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 en concordancia.....