Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda revocar las Medidas Cautelares Sustitutivas contenidas en los Ordinales 6º y 8° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado JOAN MANUEL SANDOVAL NAVARRO, acordándose su inmediata libertad, dejándose vigente solamente la presentación cada ocho días ante la sede de este circuito judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.