Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. SONIA ANGARITA, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección al ciudadano JESUS RAMON IRIZA RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad N° 9.995.049, y su grupo familiar, ciudadanas GERONIMA RODRIGUEZ DE IRIZA, MARIA FLORES, RAUL IRIZA Y BOGAN JESUS FLORES, quienes residen en: Pueblo Arriba, calle Bolívar, casa s/n, Inversiones Iriza Sistem, Parroquia Naiquatá, Estado Vargas, de conformidad con los artículos 285 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 108 del Código Orgánico Procesal Penal, 17, 18, 24, 30 y 32 de la Ley de.....