Con base en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA EL CESE DEL RÉGIMEN DE COERCIÓN al que se encuentra sujeto el ciudadano GREGORY JOSÉ MARTÍNEZ FLOREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal.