Todo lo antes mencionado hace presumir quien aquí decide que efectivamente en las residencia arriba descrita donde habitan dichos ciudadanos, se encuentran objetos ilícitos, en tal sentido se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 210, 211, y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, para expedir orden con el objeto de practicar ALLANAMIENTO a fin de ubicar medios de pruebas que sirvan para esclarecer los hechos investigados por la citada Fiscalía Octava del Ministerio Público, motivo por el cual se ACUERDA expedir la referida orden. Así mismo, para llevar a efecto dicho procedimiento se designó a los siguientes funcionarios: Inspector, GREGORY BENNER, Credencial 20.374, Detectives, ALEXANDER GONZÁLEZ, Credencial 27.322, MIGUEL BOLIVAR, Credencial 27.777 y SAMUEL MARCANO, Credencial 30.141, Agentes, OTTO LAYA, Credencial 10.657, DORIAN SILVA, Credencial 29.485 todos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Vargas, , c.....