DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN ACORDADA a los ciudadanos HENRY JOSÉ LOPEZ ESTEVES Y DELY SANCHEZ y a sus familiares, conforme a lo contenido al primer aparte del artículo 42 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales.
Publíquese, diaricese y notifíquese.