Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVISA la medida privación judicial preventiva de libertad contemplada en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, acordada por este Juzgado al ciudadano HEYBERTH RAMÓN RODRÍGUEZ GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° 20.604.388, nacido en fecha 27-04-1988, de 19 años de edad, de estado civil soltero, venezolano, natural de Caracas, de Profesión u oficio estudiante, con dirección: En el kilometro 11 del Junquito, sector José Antonio Páez, la cancha, casa Nº 25, teléfono, 0212-4220221, Estado Vargas, hijo de: ISAAC URDANETA (V) Y TAMARA RAMOS (V). y en su lugar le impone la medida cautelar sustitutiva contenida en los ordinales 3° 6º y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, todo conforme a l.....