En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de PRIMERO: Se Admite la solicitud de la Representante del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por la vía del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, previsto en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer de una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se decretan y ratifican, en contra del ciudadano ROMER ANTONIO BUSTAMANTE DÍAZ, las Medidas previstas en el art. 87 numerales 3°,5° y 6° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer de una Vida Libre de Violencia, la prevista en el artículo 92, ordinal 7º, por lo que debe acudir al Centro de IREMUJER, ubicado Caraballeda, a los fines de participar en las charlas y la prevista en el artículo 256 ordinal 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación ante este .....