ACUERDA DEVOLVER LA PRESENTE CAUSA A LA FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PUBLICO, de conformidad con la sentencia No. 972, de fecha 09-05-06 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que se continúe con las investigaciones y un vez culminada la fase preparatoria se presente el acto conclusivo que haya lugar.