ABSUELVE a la ciudadana NDIAYE FATUO DRAME, titular del Pasaporte de la República de Senegal, signado con el numero FC80091, de Nacionalidad Senegalesa, nacida el día 20 de Junio de 1.967, por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se decreta la LIBERTAD PLENA de la ciudadana NDIAYE FATUO DRAME, titular del Pasaporte de la República de Senegal, signado con el numero FC80091, de Nacionalidad Senegalesa, nacida el día 20 de Junio de 1.967, de conformidad con el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: ACUERDA oficiar la Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial Penal de Estado Vargas, a los fines de ordenar lo conducente para LA DESTRUCCION de la Sustancia Incautada, para lo cual se deberá seguir el procedimiento de incineración señalado en la sentencia dictada por la Sala Constituciona.....