declara SIN LUGAR la solicitud presentada por las DRAS. MARIA EVA CHACON y DAYANA ASTUDILLO, Defensoras Privadas de la ciudadana MARIOLY ALCILEF RODRIGUEZ ECHARRY, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.122.685, contra quien se sigue causa penal por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 en su encabezamiento de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, mediante la cual requieren la revisión de la privación judicial preventiva de libertad dictada en contra de su representada, atendiendo para ello el contenido del artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal y sustitución por una medida cautelar sustitutiva.