En esta misma fecha se dictò parte ìntegra de la sentencia por Admisiòn de los hechos en contra del ciudadano ANDRIS PAULINS ya identificado por encontrarlo responsble penalmente de la comisiòn del delito de TRANSPORTE ILÌCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD INTRAORGÀNICO, previsto en el artìculo 31 Tercer aparte de la Ley Orgànica Contra el Tràfico Ilìcito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotròpicas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÒN màs las penas accesorias previstas en el artìculo 61 ordinales 1ª y 4ª de la mencionada Ley. Igualmente se le exonera del pago de las costas procesales. Se fija como fecha provisional para el cumplimiento de la pena el dìa 26 de Septiembre de 2011. Se mantiene la medida de Privaciòn Judiciual de Libertad.