Por todos lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la Abogada INGRID KATIUSKA LORENZO PEROZO, Defensora Pública del acusado ciudadano JULIAN SALAZAR AGUILERA, identificado al inicio, por considerar que no existen suficientes elementos para modificar la medida de coerción actual conforme al contenido del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y articulo 4 ordinal 1° de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. SEGUNDO: Se ordena librar oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía y Circulación del estado Vargas a los fines de que en caso de presentarse la necesidad de trasladar al acusado a un sitio de atención médica, este trasla.....