declara SIN LUGAR, la solicitudes efectuadas por las defensoras pública y privada, de los acusados YERALD BIRD REYES, ALEXANDER URBINA CORRO, FELIPE ISEAS NIEVES, JOSÉ HERNÁNDEZ LUNA, OMAR ORDAZ CLIMON, ÁNGEL MARQUEZ NUÑEZ y ANYEL JESÚS PEROZO MONASTERIOS, identificado en autos, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453.3,.4, .6 y .9 del Código Penal vigente, contra las instalaciones de la Escuela Bolivariana República del Salvador. Notifíquese a las partes de la presente.