PRIMERO: CONDENA al ciudadano: CURVELO MANRIQUE CRUZ DANIEL por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, Tercer Aparte de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN.
SEGUNDO: Asimismo, lo condena a cumplir las penas accesorias establecida en el artículo 61, ordinal 1º de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
TERCERO: Se le exonera del pago de costas procésales de conformidad con el principio de gratuidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CUARTO: Se fija como fecha provisional del cumplimiento de la pena en fecha: SIETE (07) DE ENERO DE 2012
QUINTO: Se mantienen la medida de coerción personal, consistente en la privación judicial de Libertad.
SEXTO De igual maner.....