PRIMERO: CONDENA al ciudadano: AYDILLO DIEZ IMANOL, de nacionalidad Española, nacido en fecha 23/02/1985, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, titular del pasaporte de la Comunidad Europea N° AE855140, hijo de Ismael Audillo y María Diez, residenciado en Calle Ori, El Portal N° 14, Vitoria Gasteiz, España, a CUMPLIR LA PENA DE OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas; SEGUNDO: Condena igualmente al Ciudadano: AYDILLO DIEZ IMANOL al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, es decir, a la interdicción civil durante el tiempo de la condena y a la sujeción a la vigilanci.....