DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a la acusada DERUBITD ALEJANDRA ARMAS MILLAN, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacida en fecha 24-04-1988, de 26 años de edad, de estado civil soltera, de profesión indefinida, hija de Ramon Armas (v) y de Elida Dellan (V), y residenciado en: Barrio Chino, avenida principal de Calle Los Baños, casa sin numero, de color azul, cerca del perro calentero, Maiquetía, teléfono: 0212-3325649 y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.534.665, a cumplir la pena CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 80 ambos del Código Penal,.....