DECRETA: CESACION DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNA, por haber cumplido cabalmente las sanciones sustituidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso que le faltaba por cumplir de cinco (5) Meses y 16 días, más estuvo Privado de Libertad 2 Años, 6 Meses y 14 días para completar su lapso original de Tres (3) Años.