DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCION (SERVICIO A LA COMUNIDAD) al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haberlo cumplido cabalmente por el lapso de SEIS (6) MESES, conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNA, quedando pendiente por cumplir Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso de 1 Año y 5 Meses y se alarga las presentaciones a una vez al mes.