DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expresado, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Ejecución de Sentencia Absolutoria en el proceso penal seguido al joven IDENTIDAD OMITIDA, declarando su firmeza y por consiguiente se confirma su LIBERTAD PLENA con la consecuente cesación de cualquier restricción impuesta provisionalmente en este expediente por el delito de Tráfico de Drogas, esto de conformidad con la competencia tácita por su naturaleza en fase de ejecución asignada por el artículo 646 de la LOPNNA en concordancia con el 602 de esta Ley Especial
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Notifíquese a las partes. Cúmplase