DISPOSITIVA
Este Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JOSE GREGORIO SANDOVAL NUÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.888.974, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el 451, concatenado con el 80 ambos del Código Penal, ello en aplicación del artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se exonera del pago de costas procesales, de conformidad con el principio de gratuidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: Visto que el acusado a cumplido la pena impuesta se ordena ponerlo en inmediata libertad. CUARTO: Por cuanto consta en el expediente que el ciudadano José Gregorio Sandoval se encuentra solicitado por el Tribual 36 de Control del Área Metrop.....