Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio Del Circuito Judicial Penal de La Circunscripción Judicial Del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano CARLOS RAMON PEREZ GASPARI, de Nacionalidad Venezolano, Natural de Monagas, Estado Sucre, nacido en fecha 04-11-1963, de 44 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de José Pérez (v) y de Luisa Carmen Gaspari (v), residenciado en Urbanización Gallegos, Bloque 22, Apartamento C-1, Planta Baja, La Soublette, Catia La Mar, Estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad N° 6.495.082, a cumplir la pena de DOS AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, vigente para le fecha de los hechos, cometido en .....