Declara SIN LUGAR la solicitud presentada el 24/02/05, por la penada Olga Reina Santos Blanco, portadora de la cédula de identidad N° 5.660.037, por cuanto, a criterio de quién decide, el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, no es violatorio del principio de igualdad previsto en el artículo 21 Constitucional.