DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano PETTER ARGENIS BUJASE, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, en virtud de haber sido decretado el sobreseimiento de la causa llevada en su contra por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, de conformidad con los artículos 318, ultimo aparte, concatenado con los artículos 40 y 553, todos del Código Orgánico Procesal Penal.