DECLARA redimida la pena a MARTINEZ JUAN DE DIOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de NUEVE (09) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, cumpliendo en definitiva la pena impuesta el 22-10-2008 a las 12:00 horas.