DECRETA LA LIBERTAD PLENA A LA CIUDADANA ELVIRA BASTARDO OLIVEROS, arriba identificada, quien fuese condenada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo previsto en el numeral 6° del artículo 470 en concordancia con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir Dos (02) Años y Ocho (08) Meses de Prisión, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, al haber cumplido la totalidad de la misma.