Al ciudadano EMILIANO CAPELLO, se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de UN (01) MES, TRECE (13) DIAS Y DOCE (12) HORAS, por lo que le falta por cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS Y DIECISIETE (17) DIAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 25/11/2005.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 12/10/2007.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 12/06/2008.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 12/02/2011.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 12/10/2011.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el: 12/10/2013