DECLARA CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la parte actora ciudadana YETTIS BERNARDITA FRANCO de FAJARI venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.V-6.433.748, contra el ciudadano DAVID FAJARI, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.V-6.229.065, con base a la causal Segunda del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges y que contrajeron en fecha dieciséis (16) de noviembre de 1.990 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del Estado Vargas