RESUELVE DECLARAR BASTANTES las probanzas evacuadas para acreditarle a la ciudadana CARMINA ELIZABETH RUIZ ANGRISANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.026.919, el decreto de TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías antes descritas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.