Instruida como ha sido la presente solicitud y tomadas la declaración de los testigos ciudadanos YELITZA MILAGROS MEDINA DE BUKRY Y ANDRES GONZALEZ MARTINEZ, presentados por el ciudadano SANTOS VALERO MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.685.112, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante.