Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, seguido en contra del ciudadano DENNYS ALFREDO BRACHO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-15.780.920, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 07-05-1980, de 33 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio mensajero motorizado de la Gobernación de Estado Vargas, residenciado en sector el teleférico, calle maripérez, callejón le descanso, casa Nº 27, Macuto, Estado Vargas, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana VANESCA JOSEFINA RADA UGUETO. SEGUNDO: Se le imponen un RÉGIMEN DE PRUEBA, por un lapso de UN (01) AÑO, imponiéndole conforme a lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes condiciones 1) Residir en un lugar determinado; 2) Presentación periódica ante la Oficina de Presentaciones y el Equipo Multid.....