Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana GLADYS CORDOVA REYES, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.673.117, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-212-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.