Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA la competencia para conocer la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JOHAN ENRIQUE ACEVEDO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titulares de la cedula de identidad N° V-15.988.519, en el Tribunal de Municipio de las Parroquias Carayaca y El Junko de esta misma Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir el presente expediente.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión en los copiados de sentencias llevado por este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, a los veintidós (22) días del mes de Marzo del dos mil veintitrés (2023). AÑOS. 212° de la Independencia y 164º.....