Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, conforme a lo pautado en el aludido artículo 585, y el numeral 3° del artículo 588 ejúsdem, Decreta MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien: "... Un (1) inmueble del Edificio "Residencias KARABALI", apartamento distinguido con las siglas 7-D, situado al Norte de la Planta Séptimo Piso de la Residencia, la cual se encuentra ubicado en la Urbanización Caribe, Bloque 58, Avenida Los Tamarindos, frente al Campo de Golf, Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, del Estado Vargas. El apartamento N° 7-D, tiene una superficie aproximada de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS (104,00mts2), y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fachada Norte del Edificio; SUR: Pasillo de acceso al apartamento; ESTE: apartamento 7-E y ; OESTE: Con el apartamento 7-C; igualmente le corres.....