Evacuada oportunamente la Solicitud de Inspeccion judicial en la siguiente dirección: "Avenida Principal de la Costanera, Urbanización Los Corales Calle 7, con avenida 5, manzana N°8, quinta Madrigal, Parroquia Caraballeda, Registro Publico Primero del Primer Circuito Municipio Vargas del estado La Guaira, este Tribunal declara instruida la presente solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL y acuerda entregar la misma al solicitante sin decreto alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 938 del Código de Procedimiento Civil.