este Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia para conocer de la solicitud de Divorcio, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos WENDY MARINGE RODRIGUEZ MARTINEZ y RAMON ALFREDO DELGADO HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédula de identidad Nros. V-13.044.290 y V-11.063.268 respectivamente, en el Tribunal de Municipio del área Metropolitana de Caracas, a quien se ordena remitir el presente expediente.