SE DECLARÓ UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos DORELYZ DEL CARMEN DE LEON RAMOS, CARLOS ALBERTO DE LEON RAMOS y ROSA MARIA DE LEON RAMOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-16.309.174, V-9.998.032, y V-11.056.481 en su orden, con respecto de la causante MARIA JOSEFA RAMOS HERNANDEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros