este Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia para conocer de la solicitud de Divorcio, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, presentado por la ciudadana MAGDA JOSEFINA CURBELO PADRON, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº. V-11.635.469, en el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de las Parroquias Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, a quien se ordena remitir el presente expediente.