este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el del criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos RAQUEL JOSEFINA BENAVIDES DE GIL Y GILBERTO RAFAEL GIL CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.383.241 y V-6.265.805, respectivamente,